viernes, 17 de julio de 2009

Edición 16 de julio de 2009

Aunque falte mucho, vale la pena recordar
Reglamentación de las ferias navideñas

Esta reglamentación alcanza a los vendedores y puestos de venta instalados en espacio público en el período navideño en ferias autorizadas especiales, autorizadas por la Comuna, de acuerdo al Capítulo III de la Ordenanza Única de Ferias o Venta en Espacios y Vía Pública.

Todos los años, próximo a las fiestas tradicionales de fin de año, la zona se inunda de pequeños puestos de venta de fuegos artificiales. Lo que pocos saben es que existe una reglamentación y que no siempre se aplica, a veces por desconocerla realmente (falta de comunicación de las autoridades) o porque no existe un cuerpo inspectivo adecuado para cubrir las necesidades de todo el departamento. En esta última parte sería donde el vecino común podría actuar denunciando esta tarea ilegal y peligrosa (está prohibido vender éstos en la Costa de Oro) que nos puede afectar a todos de diferente manera.
Esta reglamentación alcanza a todo puesto de venta instalado en espacio público, sea dependiente de un vendedor autorizado para este espacio o de un comercio establecido que instala mercadería en espacio público en ocasión de ventas navideñas o similares ocasiones, o de particulares que realizan venta desde su domicilio.
Será obligatorio en todos los casos dar cumplimiento a las medidas de seguridad y control que se detallan a continuación:
1- Deben registrarse en la Junta Local correspondiente adjuntando la siguiente documentación:
Nombre y apellidos completos del peticionante
 Cédula de Identidad
 Credencial Cívica
 Constancia de domicilio
 Constancia de aceptación y cumplimiento de las medidas preventivas que serán exigidas
por la Comuna
 Números telefónicos de gestionante
 Punto de instalación propuesto para la venta
2- Los puestos deben instalarse a la sombra o colocar medidas de protección solar para la
mercadería en caso de carecer de sombra natural. En todos los casos deben disponer el lugar de venta de dos recipientes de 20 lts. conteniendo arena.
3- Cada puesto tendrá una dimensión máxima de 1 metro de profundidad por 2 metros de frente.
Podrá disponer en el lugar de venta de un máximo de 15 kg. en artículos, los que no serán
extraídos de las cajas, salvo para la venta, autorizándose exhibir como muestra un artículo de cada tipo.
4- Queda prohibida la venta de “cañitas voladoras, globos aerostáticos (globos chinos) y/o
similares” en la franja costera del departamento, 20 km de la costa hacia dentro (Artículo Nº 10 del Decreto Nº 584/90).
5- Queda totalmente prohibido fumar y utilizar cocinillas o calentadores en el área de venta de dicho material.
6- No podrá haber combustibles líquidos o sólidos, líquidos inflamables o corrosivos, sustancias oxidantes, ácidos u otros materiales similares donde se guarden los artificios pirotécnicos.
7.- Deberá mantenerse una distancia mínima de 10 metros entre dos puestos del mismo tipo.
8- No se podrán instalar puestos de venta de pirotécnicos en una distancia menor a 300 metros de Estaciones de Servicio, centro de recarga de supergas y Centros Asistenciales.
9- En todos los casos el puesto deberá ser atendido por titular registrado, mayor de edad, que deberá presentar documentación propia, del Registro y de la mercadería siempre que personal municipal lo requiera.
10- Ante incumplimiento de la reglamentación o la falta de Registro, el personal municipal
procederá al secuestro de la mercadería que será devuelta solamente en caso de que se asegure el cumplimiento de las medidas establecidas para la seguridad pública.
11- La reincidencia en la infracción excluirá la posibilidad de instalarse para esta actividad.
12- Las infracciones serán ingresadas al registro único de Vendedores del Registro Único de Ferias, establecido en la Ordenanza Única de Ferias, y constarán como antecedente en trámites futuros ante la Comuna.


Jornada de campo en el noreste del departamento

La Dirección General de la Granja (DIGEGRA), RENARE y el PPR del MGAP, en el marco del Plan Piloto de Producción Sustentable del NEC, convoca a los productores interesados a participar de la "JORNADA DE CAMPO SOBRE MEDIDAS DE CONSERVACIÓN DE SUELOS Y SISTEMATIZACIÓN DE PREDIOS".
La actividad se realizará el día viernes 17 de julio, a partir de las 13:00 horas, en el predio de la productora Cristina Espósito, ubicado en la ruta 81 km 70 (Colonia Migues), finalizando en el predio del Señor Richard Morales, de Colonia Berro, ambos ubicados en el departamento de Canelones.
Habrá locomoción desde las diferentes SFR de la zona, previa inscripción en las mismas con la debida antelación.-
La Jornada estará a cargo del Ing. Agr. Walter Herrera con la participación de técnicos de la Agencia Zonal NEC de DIGEGRA y RENARE.
Por información adicional, ponerse en contacto con el Ing. Agr. Lujan Banchero y Alfredo Traversa, llamando al tel. (0315) 4374 (Agencia Zonal NEC).


Alcaldes de la Región de ascendencia afrodescendientes se reunieron en Canelones

Los objetivos de la visita fueron firmar acuerdos de intercambio y cooperación con las alcaldías de la regiones donde existe población y comunidades afrodescendientes, en el marco de la coalición de ciudades contra el racismo. También análisis y creación del plan de acción en el marco de la ronda regional de censos. Foro latinoamericano y caribeño de organismos municipales de equidad racial en el marco de la coalición de ciudades contra el racismo y mercociudades.
El Intendente de Canelones Dr. Marcos Carámbula recibió con beneplácito a los alcaldes de la regiones de ascendencia afrodescendientes. “ Los afrodescendientes en América del Sur son 150 millones de personas y aquí en Uruguay representan el 9 % de la población. Nosotros hemos trabajado mucho con la colectividad afrodescendiente para rescatar la identidad”. La Intendencia de Canelones cedió un predio en la Costa de Oro donde se instalara la sede del Centro de Capacitación para Jóvenes Afrodescendientes de A. Latina y El Caribe. “La idea de este centro es rescatar los valores, la identidad afrouruguaya”, dijo Carámbula.
Por su parte, el Alcalde de Esmeraldas( Ecuador) Ernesto Estupiñan, quien habló en lugar de todos los demás Alcaldes, dijo que se sintieron muy a gusto en Uruguay y en especial en Canelones. “ Nosotros estamos muy a gusto en Canelones, en Uruguay, nos sentimos como es nuestro hogar”.
Nos parece muy importante, que usted señor Intendente como parte de las políticas publicas se ocupe con conciencia de clase de que los ciudadanos somos todos iguales y que debemos pelear a través de estas políticas para que los ciudadanos seamos sencillamente ciudadanos, sin distinción alguna”.
Los alcaldes que se reunieron con el Intendente de Canelones en la sala de actos del palacio municipal fueron: Domingo Farfán alcalde de Tambo de Mora(Perú), el Alcalde de Esmeraldas (Ecuador) Ernesto Estupiñan, Waldo Sankan Martínez Alcalde de Arica (Chile), Rugeli Morales Alcalde de Talamanca (Costa Rica), Harold Javier Bacon Brokamp Alcalde de Bluefields (Nicaragua), Ricardo Rolando Linares Álvarez Alcalde de Coroico (Bolivia), el Alcalde de Tumaco (Colombia) Neftali Correa Díaz, Iván Ospina Alcalde de Cali (Colombia). Además estuvieron presentes otras autoridades de los gobiernos locales de los países que visitaron Uruguay.


Más vale trámite común

La pasada semana dábamos la noticia de que ya estaba a disposición de toda la ciudadanía la posiblidad del trámite urgente para quienes tienen necesidad de contar con la libreta de conducir en forma urgente. Nos parece adecuado implantar este servicio, pero el costo indudablemente es casi el doble y hay que estar muy apurado para solicitarlo.
A partir del primero de julio 2009, el precio para trámite de Libreta de Conducir determinados con carácter urgente por la Dirección General de Tránsito y Transporte y/o Juntas Locales de Las Piedras, Pando, Atlántida, Tala y Ciudad de la Costa, de acuerdo al siguiente detalle: Trámite por primera vez $ 1.698; Aumento de Categoría $ 1.366; Renovación $ 1.366 y Otros Departamentos $ 1.698.

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